AYUDAS PARA EL ALUMNADO CON NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO PARA EL CURSO 2016-2017
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte convoca ayudas para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo para el curso 2016-2017.
Las ayudas para la reeducación del lenguaje se destinarán a la financiación de una intervención profesional dirigida a la mejora y optimización de alguno o varios de los componentes del lenguaje. En el siguiente enlace encontrarán toda la información general, requisitos, convocatoria, etc…https://www.old.fundacionttm.org/wp-content/uploads/2016/08/CONVOCATORIA-EDUCACION-ESPECIAL-CURSO-2016-2017.pdf
CONTACTO
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa
http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/informacion-administrativa.html
PLAZO DE FINALIZACION
Hasta el 29 de septiembre de 2016
A continuación ofrecemos un breve resumen de la información específica para el caso de presentar necesidad de reeducación pedagógica o del lenguaje:
BENEFICIARIOS
- Presentar necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta siempre que dicha necesidad haya sido acreditada mediante un certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o de un departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente.
Para la emisión de este certificado, los órganos a que se refiere el párrafo anterior requerirán, a su vez,
- Certificado de discapacidad o certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma, en los supuestos de discapacidad.
- Diagnóstico clínico de los servicios sanitarios sostenidos con fondos públicos en los supuestos de trastornos graves de conducta,
- Tener cumplidos dos años de edad a 31 de diciembre de 2015. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.
- Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
- Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos:
- a) Educación Infantil.
- b) Educación Primaria.
- c) Educación Secundaria Obligatoria.
- d) Bachillerato.
- e) Ciclos formativos de grado medio y superior.
- f) Enseñanzas artísticas profesionales.
- g) Formación Profesional Básica
- h) Programas de formación para la transición a la vida adulta.
Si la unidad familiar superara los límites económicos establecidos en la convocatoria para las ayudas directas, pero tuviera la condición de familia numerosa, la unidad de becas que tramite su solicitud podrá proponer de oficio la concesión de subsidio; en ese caso, se requerirá presentar la documentación que demuestre dicha condición de familia numerosa a 31 de diciembre de 2015.
CLASES DE AYUDAS Y CUANTIAS
Reeducación pedagógica o del lenguaje: límite máximo de 913,00 euros para cada una de ellas.
Apartado 6. Las ayudas para la reeducación pedagógica se destinarán a la financiación de una intervención psicoeducativa específica y profesional orientada a alumnos que muestren dificultades concretas de aprendizaje vinculadas a la presencia de algún trastorno específico.
No se incluirán bajo este concepto los refuerzos escolares que tienen como objetivo la mejora de las calificaciones académicas.
Las ayudas para la reeducación del lenguaje se destinarán a la financiación de una intervención profesional dirigida a la mejora y optimización de alguno o varios de los componentes del lenguaje.
Documentación:
1º Certificación expedida por el inspector de la zona en la que se acredite:
a)- La necesidad de recibir estos tratamientos por la inexistencia o insuficiencia de la atención pedagógica proporcionada por el centro en el que está escolarizado el alumno solicitante, para cuya valoración podrán servir de referencia las horas consignadas en el informe del equipo de orientación
b)- La inviabilidad de matriculación del alumno solicitante en un centro que disponga del servicio de reeducación requerido.
2º.-Informe específico del equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación en el que se detalle la asistencia educativa y las horas semanales que se consideren necesarias para su corrección, así como, en su caso, las prestadas por el centro, la duración previsible de la misma y las condiciones que garanticen su prestación.
3º.- Memoria expedida por el centro o reeducador que preste el servicio en la que conste información detallada de las características del mismo, incluyendo número de horas semanales y especialista que lo presta así como del coste mensual. A los efectos de la determinación de la cuantía de la ayuda a conceder, se considerará, como máximo, el coste devengado durante los 10 meses del curso escolar.
4º.- Declaración responsable de la persona que imparta la reeducación pedagógica o del lenguaje de que reúne los requisitos de formación exigidos.
MODELO DE SOLICITUD Y DOCUMENTACION A PRESENTAR
Las solicitudes tanto de ayuda como de subsidio deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible por internet en la dirección www.mecd.gob.es o a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la dirección https://sede.educacion.gob.es en el apartado correspondiente a “Trámites y Servicios”.
Una vez cumplimentada la solicitud telemática, si el solicitante se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma aceptados por la sede electrónica, se podrá completar el proceso electrónico de presentación de la solicitud acompañando, a través de la página web, en formato pdf (escaneado) la documentación que le sea requerida por la propia aplicación
En el supuesto de que el solicitante no disponga de sistema de firma aceptado por la sede electrónica, una vez cumplimentada la solicitud telemática, deberá imprimir el modelo de solicitud en fichero pdf y presentarlo con su firma y las de los demás miembros computables de la familia en alguno de los lugares previstos
LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION DE SOLICITUDES
Los solicitantes que no dispongan de firma electrónica y, por tanto, impriman el modelo de solicitud en fichero pdf lo presentarán, con su firma y la de los demás miembros computables de la familia, acompañada de la documentación descrita en el artículo anterior, en el centro docente en el que vayan a seguir los estudios durante el curso académico 2016-2017.